1m2 Cuba.
Derechos de Propiedad Constitución cubana de 1976 El artículo 22 de la Constitución cubana enumera estos derechos adicionales: Se garantiza la propiedad personal sobre los ingresos y ahorros procedentes del trabajo propio, sobre la vivienda que se posea con junto título de dominio y los demás bienes y objetos que sirven para la satisfacción de las necesidades materiales y culturales de la persona. Ásimismo este artículo también reconoce la propiedad sobre la vivienda habitada